El aumento que tendrán conjuntos residenciales y el comercio con el servicio de la vigilancia y seguridad privada
El sector de la seguridad y la vigilancia privada en los últimos años ha sufrido varias mejoras y reformas salariales que han tenido, naturalmente, un impacto en los costos de este servicio tanto para unidades residenciales como comerciales que quieren o necesitan contar con vigilancia privada; los últimos acontecimientos y reformas de ley en Colombia harán que nuevamente el costo se incremente y esta vez, de forma considerable para este 2023, lo cual hará que las empresas, negocios y el sector residencial se planteen nuevas alternativas que les permitan seguir contando con servicios de seguridad privada y vigilancia pero que estén ajustadas a su presupuesto anual.
El costo del servicio de vigilancia privada contratando un vigilante en el 2022
Contar con un guardia de seguridad (guarda o vigilante como comúnmente se les denomina) en un conjunto residencial o una empresa es un servicio cuyo costo se ha venido incrementando considerablemente en estos años, primero debemos hacernos a un contexto de lo que ha sucedido en los dos últimos años la economía del país, la que se ha visto afectada por diferentes factores como la pandemia y sus efectos colaterales a nivel mundial, los efectos del conflicto en Europa de la invasión de Rusia a Ucrania, el aumento del dólar, así como factores internos que hemos vivido en el 2021, ¿por qué esto tiene que ver?, porque estos factores han tenido como consecuencia la presión inflacionaria que vivimos en Colombia y hace que los productos y servicios que consumimos aumenten de costo, y los indicadores nos muestran que la inflación para finales de diciembre de 2022 podría alcanzar a superar el 10%, por lo que esto tendrá efectos que se derramarán en el 2023 sobre todos los sectores de la economía colombiana con las leyes que determinan el aumento del salario mínimo de Colombia y lo que por supuesto, influyen directamente el sector de la seguridad y la contratación de servicios de personal de vigilancia.
A causa de esta inflación de más del 10%, se estima que el salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) en Colombia aumentará para el 2023 entre un 12.5% y un 20%, y esta última cifra se dice que es debida a lo propuesto por el actual presidente de Colombia como se refiere en varios medios de comunicación
“En un reciente pronunciamiento, el director de Fedesarrollo, Luis Fernando Mejía, planteó la posibilidad de que el aumento para el próximo año estuviera por el 20% o el 25%. Aclaró que no es que él lo esté proponiendo. Por el contrario, lo que ha hecho es advertir sobre ese posible escenario.” – «Gobierno de Petro haría gran aumento al salario mínimo en 2023: ¿Qué tan viable es?» – El Nuevo Día – Ibagué – http://www.elnuevodia.com.co/nuevodia/economica/finanzas/493928-gobierno-petro-haria-gran-aumento-al-salario-minimo-en-2023-que-tan
por lo que, de sucederse como aumento, los costos de contratar un vigilante para nuestro edificio residencial para que esté en portería en sus labores, como rondero en nuestro conjunto o negocio, se incrementará en la misma proporción que aumente el salario mínimo, pero esto es algo que ya hemos vivido en el 2022, no obstante, existe algo que deberemos tener muy presente para el próximo año y es un doble aumento que se sucederá por decreto de ley.
Veamos las tarifas actuales en 2022 que además, te servirán como punto de referencia de lo que se sucederá como incremento en los costos que se verá reflejado en las estimaciones de las tarifas para el servicio en el año 2023.
Las tarifas en 2022 del servicio de seguridad y vigilancia privada
En las siguientes tablas podemos ver las tarifas y costos en el 2022 para contar con un vigilante de seguridad privada 24 horas al día en sus diferentes condiciones, esto es, si es un servicio de vigilancia con una persona sin arma, con arma o con un canino (perro)
Las tarifas del servicio en el 2022 fueron estipulados por la Supervigilancia en la Circular Externa Nº 20211300000225, TARIFAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA VIGENCIA 2022
Los aumentos en las tarifas de la seguridad para contratar un vigilante en el 2023
Veamos los factores que afectan los costos y las tarifas en la contratación de un guarda de seguridad privada para nuestro conjunto residencial o negocio.
La ley 2021 de 2021 y el decreto 1561 de 2022 que tendrán impacto en el aumento significativo de los costos del servicio de vigilancia privada además de los efectos de la presión inflacionaria
Tenemos que tener en cuenta también otro factor muy importante que tendrá efectos directos en el 2023 en los costos del personal de seguridad o vigilancia privada mediante personas, ya sea que estos presten el servicio con o sin armas y|o con caninos, y con ello nos referimos al decreto que entrará en vigencia, el Decreto 1561 de 2022,
y con la ley de reducción de jornada laboral (Ley 2101 de 2021), la cual determina que a partir del 15 de julio de 2023 se comenzará con la reducción de la jornada laboral del personal de vigilancia privada de 48 horas a 42 horas de forma progresiva hasta el 2026.
Tengamos presente que las tarifas del costo de este servicio son reguladas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada – Supervigilancia
La reducción de horas laborales para los guardias de seguridad tiene otro efecto directo que se debe considerar y es que dichos cambios que se sucederán a partir del 15 de julio de 2023 hasta el 15 de julio de 2026 también afectarán el factor de 8.8 que se utiliza en el 2022 para el sector comercial y el factor de 8.6 que se utiliza para el sector residencial, factor que en cada caso, se utiliza para calcular los costos y tarifas del servicio de seguridad y vigilancia privada por contar con una persona en la ubicación ya sea en portería del edificio o conjunto o en funciones de rondero, 24 horas al día durante los 30 días; ese factor cambiará de la siguiente forma:
47 horas a partir de 15 de julio 2023 modificando el factor a 9.06
46 horas a partir de 15 de julio 2024 modificando el factor a 9.14
44 horas a partir de 15 de julio 2025 modificando el factor a 9.29
42 horas a partir de 15 de julio 2026 modificando el factor a 9.32
Esto entonces nos indica que el costo del servicio de vigilancia y seguridad privada tendrá un nuevo aumento a partir del 15 de julio del 2023, además del aumento ocasionado por el incremento del SMLMV del principio de año, es decir, dentro del presupuesto de conjuntos residenciales y empresas comerciales, se debe considerar que el servicio de vigilancia privada en portería (haciendo las funciones de portero) o haciendo rondas por la unidad residencial las 24 horas al día, tendrá dos aumentos en el año y esto sucederá desde el 2023 hasta el 2026, pero incluso si no se contará con personal de vigilancia privada las 24 horas, el costo también aumentará en los porcentajes y valores estipulados por las leyes vigentes.
En el quinto congreso Internacional de Seguridad organizado por la Confederación Nacional del gremio de la Vigilancia Privada (CONFEVIP) se hizo un anuncio por por parte del superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada Orlando Clavijo en el que dijo que se expedirá un decreto que actualiza las tarifas salariales, del cual aseguró: “es un seguro económico para las empresas del sector”, en otra entrevista dijo: “Hay estabilidad laboral. Estamos pensando en el guarda y en el empresariado, con el fin de brindarles una estabilidad jurídica”.
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- «Se vienen nuevas tarifas salariales para la vigilancia privada» – Caracol – julio de 2022 – https://caracol.com.co/radio/2022/07/08/judicial/1657231355_842010.html
Todo esto hace parte de las mejoras en las condiciones laborales para los guardas o trabajadores pertenecientes al sector de la Vigilancia y Seguridad privada que inició con la Ley del Vigilante en el año 2018, la Ley 1920 de 2018 en la que se establecieron medidas de protección y garantías para las empresas y los trabajadores del sector de la vigilancia y seguridad privada como por ejemplo:
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- Jornada de trabajo diaria de 8 horas más 4 suplementarias sin exceder las 12 horas diarias como máximo y las 60 horas semanales estipuladas por ley.
- Anualmente se debe contratar un seguro de vida que proteja a todos los empleados durante las 24 horas del día, incluso si se encuentra fuera de su jornada laboral, este está a cargo de la empresa, cooperativa o departamento de Seguridad y Vigilancia Privada que presta el servicio. Este es obligatorio para mantener, renovar o adquirir la licencia de funcionamiento de la empresa o cooperativa.
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Recuerde y no lo olvide: la contratación de vigilancia informal o ilegal puede ocasionarle multas y sanciones
Al momento de realizar la contratación del servicio de Vigilancia y Seguridad Privada, ya sea como persona natural, jurídica o entidad oficial, se debe comprobar que la empresa o cooperativa cumpla con los requisitos y que tenga una licencia de funcionamiento vigente y que cumpla con lo estipulado en el artículo 91 del decreto Ley 356 de 1994, ya que de no ser así, quien haga una contratación con una empresa de seguridad privada ilegal se verá expuesta a una sanción con una multa que oscila entre los 20 y 40 SMLMV impuesta por la superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada sobre los contratantes del servicio, ya sea una persona natural o jurídica.
El IVA en costo del servicio es algo a tener muy presente
Desde el año 2021 cuando se proyectaba la reforma tributaria, una de las mayores preocupaciones era el incremento del IVA sobre los servicios de seguridad y vigilancia privada puesto que causaría un significativo incremento como fue manifestado por varias empresas del sector
“Como está planteada la reforma tributaria sería muy complicado. Los servicios de vigilancia y seguridad privada pagan un IVA de 1,9% y como está redactada la reforma tributaria sería un IVA de 19%, esto deprimiría la demanda de servicios de vigilancia y seguridad privada porque se encarecería en un 17,5% adicional.” – “Aumento del IVA deprimiría demanda en servicios de seguridad privada y vigilancia” – La Republica – https://www.larepublica.co/empresas/aumento-del-iva-deprimiria-demanda-en-servicios-de-seguridad-privada-y-vigilancia-3161807
así como fue manifestada la preocupación por Miguel Ángel Díaz (presidente de la confederación nacional de empresas de vigilancia Privada CONFEVIP)
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- «Gremio de la vigilancia preocupado por posibles afectaciones de la reforma tributaria» – Septiembre de 2021 – https://www.rcnradio.com/economia/gremio-de-la-vigilancia-preocupado-por-posibles-afectaciones-de-la-reforma-tributaria
y es importante tener esto en cuenta porque no se puede asumir simplemente que el servicio no tendrá IVA del 19% sobre el servicio y esto debe verificarse con la empresa del servicio de seguridad y vigilancia privada antes de la contratación para tener clara la tarifa total, dado que cuando se lee sobre el tema de forma genérica, se piensa que todas las empresas están regidas por la base gravable especial estipulada en el artículo 462-1 del Estatuto Tributario y conocida como AIU (Administración, Imprevistos y Utilidad), pero es muy importante tener en cuenta que esta base gravable especial está sujeta a que la empresa esté cumpliendo íntegramente la normatividad y condiciones establecidas por la Supervigilancia.
Por supuesto, está aún la posibilidad de que en otra reforma tributaria se contemple nuevamente la derogación de la base gravable especial AUI como ya se sucedió en el proyecto de ley 594 de 2020 (reforma tributaria para el 2021) y lo cual, no se sucedió.
Es importante estar al tanto de las leyes y sus actualizaciones, esta información brinda la capacidad de hacer las proyecciones para los presupuestos para los conjuntos residenciales con vigilancia privada presencial así como para las empresas en el sector comercial, pero también, el conocer las leyes y las normas le permite conocer mejor las funciones del servicio de vigilancia privada y su alcance, incluso, reducir falencias de seguridad.
Ahora que ya tenemos el marco que brinda el contexto sobre la razón de los incrementos, veamos cómo cambiarán las tarifas
El doble aumento de las tarifas para contratar un vigilante 24 horas al día para el próximo año
Para dimensionar mejor los cambios, es necesario conocer las tarifas anteriores y así comprender el incremento de los costos de tener un guardia de seguridad todo el día y lo que se tendría que tener en cuenta para el presupuesto del 2023 y comenzar a proyectar así los gastos generados por el servicio de vigilancia y seguridad privada, sin olvidar que existirán 2 aumentos en el año que se deben tener en cuenta, el aumento desde el primero de enero de 2023 debido al aumento del SMLMV y el otro aumento, a partir del 15 de julio de 2023 debido a la ley de reducción de jornada laboral.
Importante: Mira nuestra actualización (más abajo) con las tarifas del 2023 una vez se ha conocido la cifra del incremento del salario mínimo
Las tarifas que podrían tener las empresas del servicio de vigilancia privada en el próximo año para conjuntos residenciales y empresas
Para realizar el cálculo de los costos del servicio de Vigilancia y Seguridad privada, es necesario tener en cuenta el porcentaje en el que aumentará el SMLMV para el año 2023, lo cual en este momento solo podemos suponer teniendo en cuenta el comportamiento de la inflación, del mercado laboral en el país, lo que se mencionado por el actual gobierno en sus intenciones para el próximo año, el comportamiento de la bolsa y además, que podría ser afectada por la propuesta que existe para la reforma laboral que busca derogar la norma actual sobre los recargos nocturnos, ley 1846 de 2017, entre otros factores que tendrán impacto en los costos del servicio (valor de las horas extras, valor de las horas dominicales y festivos y nocturnas).
Debido a esto se tomarán dos datos como base para estos cálculos, uno del posible aumento del salario mínimo (SMLMV) en Colombia del 12.5% y el otro del también posible aumento del 20%, pero incluso podría llegar a ser del 25%.
«¿Aumentar el mínimo 25%?, Efectos que generaría un alza de ese estilo» – Agosto de 2022 – Portafolio – https://www.portafolio.co/economia/finanzas/salario-minimo-segun-fedesarrollo-este-puede-llegar-a-un-aumento-del-20-o-25-569803
Nótese además que en dichas proyecciones se harán teniendo en cuenta los factores para el cálculo de la tarifa, cambiando el factor de 8.8 y 8.6 a 9.06 como se mencionó se sucederá por la aplicación de la ley.
Importante: se debe prestar atención a que las siguientes tarifas, no tiene el IVA incluido que se corresponde cobrar por parte de las empresas de vigilancia privada en la prestación del servicio.
Proyecciones de las tarifas con un posible aumento del 12.5% del salario mínimo en Colombia – SMLMV = $1.125.000
Proyecciones con un posible aumento del 20% del salario minimo en Colombia – SMLMV = $1.200.000
Actualización: Las tarifas que regirán en el 2023 en la contratación del servicio de seguridad privada una vez conocido el aumento del salario mínimo en Colombia
Ya conocemos como quedarán las tarifas para el 2023 con la declaración oficial del aumento del 16% que tendrá el salario mínimo en Colombia, pudes conocer los valores en las tablas con el calculo tanto para la prestación del servicio en el sector residencial y en el sector comercial en nuestro artículo:
Cuidado con las malas prácticas que deberían encender tus alertas sobre los costos y sanciones
Desde Supervigilancia en el decreto alertan sobre los tipos de prácticas que pueden llevar a sanciones, medidas cautelares y multas como lo ya anteriormente mencionado sobre la contratación de servicios ilegales de vigilancia, sin licencia o que no esté activa (que se encuentre vencida) así como personas naturales contratadas para prestar dicho servicio yendo en contra de las normas de ley.
Veamos los puntos que desde la Supervigilancia señalan que se debe tener cuidado con incurrir en este tipo de prácticas:
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- El otorgamiento de descuentos financieros de cualquier índole cuyo efecto sea el pago de una cifra inferior a la tarifa regulada.
- El otorgamiento de descuentos por pronto pago.
- La subcontratación o presentación de consorcios o uniones temporales con empresas o cooperativas dedicadas a la intermediación laboral para vincular al personal operativo de vigilancia y seguridad privada.
- La demanda y oferta adicional de personal de supervisión u operación del servicio de vigilancia y seguridad privada, sin el reconocimiento en el precio final de al menos el costo laboral en que incurre por el mismo la empresa o cooperativa que se pretende contratar.
- La demanda y oferta de equipos para la vigilancia y seguridad privada, so pretexto de ser valores agregados, a precios irrisorios o de amortizaciones contables por depreciación que no responden al valor real de mercado y a los costos asociados de instalación y mantenimiento de estos.
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Se debe tener presente que, además de lo anterior mencionado sobre multas para los contratantes (conjuntos residenciales, empresas o personas naturales, también se estipulan sanciones y multas para las empresas de vigilancia y seguridad privada que realicen prácticas como las anteriores descritas.
No lo pierda de vista para los conjuntos residenciales
En el caso de conjuntos residenciales, recuerde que realizar cambios sobre lo establecido para la vigilancia y seguridad en la copropiedad, están ligados a los estatutos aprobados y antes de implementar modificaciones en la urbanización, edificio o condominio o conjunto residencial, es necesario que se aprueben los cambios siguiendo las normas de ley consignadas en el Régimen de propiedad Horizontal, ley 675 de 2001 que rige las unidades residenciales como conjuntos de viviendas o urbanizaciones, edificios de apartamentos o condominios.
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